otros colores:
otros tamaños: 60% 70% 80% 90%

Estado actual del título de Arquitecto - Abril 2009

Información extraída de la página Web gestionada por la Delegación de Estudiantes de la ETSAS (Sevilla) www.delegarqsvq.es sobre la nueva información referente al actual estado del Título de Arquitecto y al proceso de Elaboración del Nuevo Plan de Estudios.
En septiembre de 2007 se hizo público el borrador del Real Decreto, por el cual se regulan las enseñanzas de carácter universitario. Tras un breve periodo de alegaciones en octubre apareció en el BOE como Real Decreto. Este Decreto establece una estructura universitaria recogida en:
Grado           240 ects          Formación
Máster        60-120 ects       Especialización
Doctorado                           Formación Avanzada
Se establecen las Ramas de Conocimiento siguientes:
  • a) Artes y Humanidades
  • b) Ciencias
  • c) Ciencias de la Salud
  • d) Ciencias sociales y jurídicas
  • e) Ingeniería y Arquitectura
Las titulaciones propuestas por las Universidades se inscriben en un Registro, acabando con el Catálogo deTitulaciones Oficiales y recayendo la evaluación de los Planes de Estudios sobre un organismo denominado ANECA, dentro del cual existen diferentes comisiones que evalúan los planes de estudios de cada rama deconocimiento.
Se establecen unas materias básicas comunes a las ramas de conocimiento. Al encontrase Arquitectura compartiendo rama con las ingenierías, sus materias comunes son:
EMPRESA EXP. GRÁFICA INFORMATICA FÍSICA MATEMÁTICAS QUÍMICA
Previa a la aprobación de este Real Decreto, los estudiantes y profesionales de arquitectura en desacuerdo con el mismo, iniciaron un proceso de reclamaciones y movilizaciones.Los estudiantes por su parte redactaron la Carta Abierta cuyo objetivo principal era evitar la devaluación del título de Arquitecto asegurando todas sus competencias.Las reivindicaciones en aquel momento fueron las siguientes:
1-Especificidad de la Arquitectura como rama de conocimiento
La inclusión de Arquitectura en la rama de las Ingenierías supone unas materias básicas comunes no intrínsecas a la Arquitectura.
2- Docencia e investigación
Las comisiones de evaluación de la ANECA, al ser propias de Rama y no de Títulos, nos situaban en una representación minoritaria frente a las Ingenierías
3- Atribuciones ligadas al nivel de grado
El Real Decreto permitía la posibilidad de que el Máster otorgarse atribuciones, perdiéndose la condición generalista del Arquitecto. Por otro lado, al compartir rama con las Ingenierías, estas podrían acceder a los másteres propios de Arquitectura con la adquisición de las pertinentes atribuciones
4- 5x60+PFC = Arquitectura
Los grados que contempla el Real Decreto tienen una duración de 240 ECTS (4 años), en los que se incluye un trabajo de fin de grado. Esta cuantificación se considera insuficiente para formar a un Arquitecto, por lo que se exigió un título de 5 años (60 ECTS por año) y un PFC no incluido en el cómputo de los 300 ECTS

Las reivindicaciones y movilizaciones llevadas a cabo por los estudiantes, principalmente de las Escuelas de Andalucía, y por los profesionales más implicados, dieron lugar a:
-Un grado de 300 ECTS + PFC . Según el BOE 21 de diciembre 2007 (Acuerdo de Consejo deMinistros)
-Que el Título de Grado recogería todas las competencias necesarias para ejercer la profesión (Acuerdo de Consejo de Ministros anterior y BOE 29 de diciembre 2007)
-La comisión encargada de la evaluación de los Planes de Estudios de la Titulación de Arquitecto la constituyen Arquitectos.
El jueves 29 de enero de 2009 aparece publicado en el BOE las condiciones que regularán los Planesde Estudios de los Ingenieros Técnicos y Superiores.
Hay que aclarar que el Espacio Europeo de Educación Superior no contempla las actuales diferencias entre Licenciaturas, Diplomaturas, Ingenierías y Peritos, estableciendo una ordenación de los títulos universitarios como Grado, Máster y Doctorado.
Intentado resolver el histórico problema entre Peritos e Ingenieros, situación que no existe en el resto de Europa, se produce este acuerdo.
Este documento transgrede el propio espíritu del Real Decreto que Ordena las Enseñanzas Universitarias, ya que según el mismo los Ingenieros Técnicos tendrán un Título de Grado de 240 ECTS, mientras que los Ingenieros Superiores deberán cursar un Máster con atribuciones de entre 60 y 120 ECTS. Tras esto se les impondrá el título universitario Máster Ingeniero dejando de lado la denominación de Grado.

Tal y como se menciona en el extracto siguiente del BOE de 29 de enero de 2009: "Las profesiones de Ingeniero Aeronáutico, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero de Montes, Ingeniero Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero Naval e Ingeniero de Telecomunicación, están consideradas como profesiones reguladas de acuerdo con la ordenación vigente, por lo que, hasta tanto se establezcan las oportunas reformas de la regulación de las profesiones con carácter general en España, es preciso determinar,... las condiciones que serán de aplicación a todos los planes de estudios conducentes a la obtención de cada uno de los títulos oficiales de Máster que permitan ejercer las referidas profesiones."
Las profesiones reguladas, como es el caso de la Arquitectura, tienen una indispensable vinculación entre la formación y la profesión: según los conocimientos que adquierimos desempeñamos una función determinada.
Tras la reforma universitaria se producirá la reforma de la regulación de las profesiones, ante la cual nos encontramos en una situación difícil por los siguientes motivos:
1. La situación actual del Título de Arquitecto vuelve a encontrarse devaluado con respecto a otras carreras, ya que las actuales Ingenierías Superiores tendrán como máximo 360 ECTS (240 + 120) y categoría de Máster, mientras que la Titulación de Arquitecto, tendrá un Grado de 330 ECTS (300 + 30) y se encontrará equiparada a las demás titulaciones de Grado, que constan de 240 ECTS, igualada encondición debido a su denominación.
2. A esta preocupación debemos añadir las condiciones por las que se regularán los futuros Graduados Ingenieros, que tendrán 240 ECTS; evidentemente, un año más de formación que en la actualidad. Esto implicará un incremento de competencias, y serán equiparados por su denominación de Grado al nivel de un Arquitecto.
Mientras, el Máster Ingeniero gozará de una formación de entre 300 y 360 ECTS, que en el mejor de los casos contará con 30 ECTS más que la de un Arquitecto, siendo por lo tanto un estudio con un reconocimiento superior y especialización mayor que el Grado gracias a su Máster con atribuciones.
Frente a una posterior y necesaria actualización y reforma de la Ley de Ordenación de la Edificación, los Másteres Ingenieros se encuentran ya en una mejor posición que los Arquitectos para reivindicar nuevas competencias y atribuciones profesionales, pues tienen garantizados una mejor formación, reconocimiento y atribuciones específicas conseguidas a través de sus Másteres.
Esta situación debilita el carácter del Arquitecto, puesto que atribuciones profesionales, hasta ahora exclusivas del Arquitecto, pasan a ser compartidas conotras Titulaciones. Lo que implica una perdida de la calidad y reconocimiento de nuestra formación, y su consiguiente degradación profesional.


Además, ya no será la Universidad y sus estudios de Grado, los públicos, los que generarán una formación y cualificación de sus estudiantes para el ámbito profesional, sino que esto se producirá a través de la superación de un Máster.

4
Media: 4 (1 vote)
Tu voto: Ningun

Opciones de visualización de comentarios

Seleccione la forma que prefiera para mostrar los comentarios y haga clic en «Guardar las opciones» para activar los cambios.
Imagen de manu

green box

Hola rou,siento no responderte al articulo que has puesto.Te escribo porque soy estuduante de arquitectura y estaba muy interesado en el green box de luis garrido y era para ver si sabias donde puedo encontrar secciones constructivas,alzados,detalles,dimensiones etc del green box